A
continuación, comparto con los amables lectores, dos interesantes artículos del
año 1935, en donde se señalan las condiciones para el campeonato de Béisbol Profesional
en Venezuela.
Estos
importantes documentos fueron publicados en el periódico “El Nuevo Diario” por el
cronista deportivo, Simón B. Rodríguez “Mr. Fly” y como se puede constatar
fácilmente, ya en esos años, nuestro béisbol era profesional.
Esta
gran verdad, la han querido omitir, mezquinamente, distorsionando la historia
de nuestro béisbol.
No
voy a entrar en polémicas, pero el béisbol que se jugaba en tiempos del
Benemérito General Juan Vicente Gómez, ya era profesional.
Titular del periódico “El
Nuevo Diario”, del 7 de febrero de 1935.
Labores
de la A.V.B.
SON
ABIERTAS LAS INSCRIPCIONES DEL CAMPEONATO
PROFESIONAL
La
directiva de la A.V.B. inicia sus actividades para organizar el Campeonato de
Base Ball de 1935. Nuevas disposiciones regirán en el torneo profesional.
Gustosamente insertamos las condiciones
para el Campeonato de Base Ball del año 1935, que han sido elaboradas por la
nueva Directiva que regirá los destinos del béisbol profesional en el presente
año.
En tal estado quedó el máximo deporte de
la pelota grande con la desastrosa jornada del pasado año, que imaginamos obra
de titanes levantar de nuevo, al menos por este año, el entusiasmo en el ánimo
de la fanaticada y de los organizadores de clubs. Sin embargo, la suerte está
echada y sabemos que los nuevos directivos, a pesar de su error, o debilidad al
conceder el inefable “voto de gracia” a la directiva saliente, aportan
suficiente voluntad y sanas intenciones para rehabilitar el deporte beisbolero,
por el cual ya han comenzado a trabajar, esperando la franca y valiosa
colaboración de los representantes de los clubs profesionales y del público en
general, que sólo espera se le ofrezcan juegos que despierten su atrofiada
afición al deporte preferido.
Por nuestra parte, estamos dispuestos a
colaborar desinteresadamente por el esperado resurgimiento del béisbol
profesional, que tantas emociones nos brindara en pasados campeonatos.
Mr.
Fly.
CONDICIONES
PARA EL CAMPEONATO DE BASE BALL DEL AÑO 1935.
1ạ- De acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 9, 26 y sus concordantes de los Estatutos de la
Asociación Venezolana de Base Ball, se declara abierta la inscripción para el
Campeonato de 1935.
2ạ- El Club asociado que
desee competir por este Campeonato, se dirigirá por escrito a la A.V.B.,
pidiendo ser inscrito en el torneo, acompañando la solicitud de una nómina de
los jugadores con quienes cuente y del duplicado, debidamente firmado, de los
contratos que haya celebrado con todos los jugadores.
3ạ- Los clubs no asociados
que deseen participar en este torneo, deberán proponerse antes como miembros de
la A.V.B., en conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Asociación.
4ạ- Los clubs inscritos para
este Campeonato, deberán anotar en la nómina de sus jugadores, un número no
mayor de 18, ni menor de 12.
5ạ- Se concede facultad a
cada club para inscribir en la nómina de sus jugadores a que se refiere la
condición anterior, hasta tres jugadores extranjeros, de los cuales, por lo
menos dos, no deben haber actuado nunca en Venezuela.
6ạ- Además de los jugadores a
que se refieren las condiciones 4ạ y 5ạ, cada club
participante en el campeonato, podrá inscribir un Manager, venezolano o
extranjero, que haya o no actuado en Venezuela.
7ạ- Cuando un club tenga en
juego a los 3 jugadores extranjeros a que se refiere la condición 5ạ,
si el Manager de este club fuere extranjero, sólo se le permitirá actuar, entre
los 9 jugadores, cuando lo haga en sustitución de otro jugador extranjero. Si
el club no tuviere en juego a los tres jugadores extranjeros, el Manager podrá
actuar para completar este número de extranjeros.
8ạ- Hasta tres días antes del
señalado para el comienzo del Campeonato, podrán los clubs inscritos hacerse
entre sí cualquier permuta, cambio o cesión de jugadores, haciendo la debida
participación a la A.V.B., y acompañándola de los duplicados, debidamente
firmados, de los correspondientes contratos o declaraciones de cesión, permuta
o cambio efectuado.
9ạ- Junto con la solicitud de
inscripción, cada club deberá además, presentar a la Secretaría de la A.V.B.,
el comprobante de haber satisfecho en la Tesorería de la misma, la cantidad de
cien bolívares que se estipula como cuota de inscripción.
10ạ- Los clubs a que se
refiere la condición 3ạ que deseen participar en el Campeonato, y
que tengan nombres que a juicio de la Junta Directiva de la A.V.B. favorezcan
la propaganda de algún producto, objeto o artículo de comercio o de un
establecimiento mercantil, cualquiera que fuese su ramo de negocios, deberán
pagar la suma de un mil bolívares como cuota de inscripción.
11ạ- Durante cualquier juego,
los Presidentes de los Clubs contendores, podrán ir a los respectivos fosos o
permanecer entre ellos, y así mismo podrán hacerlo los Delegados; pero en
ningún caso se permitirá la presencia en los fosos del Presidente y del
Delegado a un mismo tiempo.
12ạ- Cada Delegado de un club
contendor para un determinado juego, deberá entregar al Presidente de la A.V.B.
en el local de la Asociación y en la sesión ordinaria anterior a la fecha
fijada para el mencionado juego, 12 pelotas reglamentarias, completamente
nuevas. Estas pelotas serán depositadas por la persona designada por el
Presidente de la A.V.B. en manos del Chief Umpire designado para el juego
antes de darse la voz de play ball.
13ạ- En cada juego, quien
haga de home club, deberá llevar provisión de pelotas reglamentarias para
suplir las necesarias en caso de agotamiento de las primeras.
14ạ- Durante la primera
vuelta del Campeonato, los clubs podrán inscribir en su nómina nuevos jugadores
y sustituir los ya inscritos, sin excepción de lo dispuesto en las condiciones
4ạ, 5ạ, 7ạ y 8ạ
de estas condiciones, y siempre que el nuevo jugador o sustituto, no aparezca
inscrito en la A.V.B. por otro club de los que compiten al Campeonato.
15ạ- Si efectuado el último
juego por el Campeonato, llegaren empatados en el primero o segundo puestos,
dos o más clubs, el título de Campeón o de Sub-Campeón, o ambos si así fuese el
caso, se disputará en 3 juegos sucesivos. En este caso, la A.V.B. percibirá un
25 por ciento del producto líquido en efectivo de cada juego.
16ạ- Al club vencedor en este
Campeonato, se le entregará una copa de plata, en la cual se hará grabar el
nombre del vencedor y la fecha del torneo. Otra copa igualmente de plata, pero
de menor tamaño, será entregada al club que obtuviere el segundo puesto.
17ạ- De conformidad con el
score oficial, serán entregados sendos trofeos especiales al pitcher, bateador,
infielder y outfielder que obtuvieren mejor puntuación.
18ạ- La Junta Directiva de la
A.V.B., puede otorgar premios a aquellos jugadores que a su juicio se hubieren
desempeñado con brillo y eficiencia en el torneo.
19ạ- Para obtener los trofeos
a que se refiere la condición 17, es condición indispensable que el jugador
haya actuado por lo menos en la mitad de los juegos efectuados por su club
durante el Campeonato, siendo entendido que sólo tomarán en cuenta, para la
calificación respectiva, las actuaciones que hayan tenido efecto durante todo
el curso de cada uno de los juegos.
20ạ- Los umpires y scorers
oficiales que habrán de actuar en este Campeonato, serán nombrados de
conformidad con la atribución 8ạ del artículo 9⁰ de los Estatutos de la A.V.B.;
pero su remuneración será satisfecha por los clubs que lo utilicen.
21ạ- De acuerdo con el número
de clubs inscritos, la Junta Directiva de la A.V.B., decidirá y publicará en
tiempo oportuno el número de los juegos que decidirán el Campeonato y la fecha
de su inauguración.
22ạ- Se prohíbe el uso de
guantes con mallas. El jugador que a juicio del Umpire violare esta
disposición, será penado con multa de veinte bolívares y no podrá continuar
actuando en el juego.
23ạ- La solicitud de
inscripción para este Campeonato, equivale, respecto al solicitante, al
sometimiento, sin reservas, a estas condiciones.
24ạ- Lo no previsto en estas
condiciones, será resuelto por la Junta Directiva de la A.V.B.
25ạ- Las inscripciones para
este Campeonato, quedarán cerradas el día 22 de abril.
Caracas: 4 de febrero de 1935.
El Presidente,
V.
M. Soto.
El Secretario,
Columbo
Silva Bolívar.
Nota:
La A.V.B. es la Asociación Venezolana de Béisbol.
(Publicado
en el Periódico “El Nuevo Diario”, el 7 de febrero de 1935).
Titular del periódico “El
Nuevo Diario”, del 11 de febrero de 1935.
Labores de la A.V.B.
LAS NUEVAS CONDICIONES DEL
TORNEO DE BEISBOL PROFESIONAL
Admisión de players
extranjeros desconocidos en Caracas.
Continuamos en nuestra idea
de que sean utilizados sólo pitchers criollos.
“De
la discusión brota la luz”…Eso dice un adagio…A veces salen a relucir, por mala
interpretación de los polemistas, agravios, rencores, insidias, prejuicios…y en
algunos casos hasta pleitos con sus correspondientes puñetazos, cuando
menos…Ahora, cuando se critica con la sana intención y lo criticado es, o está
respaldado por personas serenas, conscientes y educadas es esporádico obtener
los malos resultados mencionados en este párrafo, y entonces lo más seguro es
que brote la luz… y si no brota, al menos queda el buen precedente para otra
ocasión y por lo pronto puede exclamarse: Aquí no ha pasado nada…
Es
el caso, que al leer las condiciones para el próximo campeonato de Base Ball
Profesional, hemos hallado nuevas cláusulas que merecen ser comentadas o
criticadas, no con el ánimo de erigirnos en “magisters”, sino apreciando
serenamente en cuanto significan esas innovaciones.
La
cláusula que obliga a los organizadores de clubs a presentar entre sus
jugadores inscritos dos peloteros que no hayan jugado en temporadas pasadas,
nos parece de gran importancia para el porvenir del torneo y deja apreciar las
progresistas normas de renovación que animan a los nuevos directivos de la A.V.B.
Creemos
que el público también apreciará esta disposición y considerará a esos nuevos
peloteros como atracciones. Esto dará por resultado mayor entrada a los juegos
y si no beneficios, al menos un saldo moral y material para los organizadores
de clubs. Por otra parte, esta renovación de players extranjeros los obligará a
dar su mayor rendimiento en el deseo de ser seleccionados para futuros torneos.
Esos
buenos resultados y otros muchos que harían revivir la confianza y el
entusiasmo entre la fanaticada se desprenderán de la nueva disposición de la
A.V.B. respectiva a jugadores extranjeros, que si en verdad han desfilado muchos
buenos elementos por nuestros grounds, en cambio, otros han actuado de tal
manera, que la duda y la desconfianza en el ánimo del público ha sido el
producto de sus indefinidas actuaciones.
La
nueva determinación es algo fuerte para los organizadores de clubs, en el caso
de que deseen importar “estrellas” de gran magnitud, que naturalmente les
acarrearían gastos mayores; pero si en cambio procuran contratar peloteros de
menor escala, nuevos y sin pretensiones de estrellato, creemos pueda salvarse
la nueva cláusula sin grandes dificultades.
En
las Antillas hay numerosos peloteros, a quienes finalizadas las temporadas de
Cuba, Puerto Rico y Santo Domingo, no les caería mal unos meses de productiva
actividad en tierras venezolanas.
Esto
último va con los organizadores… en cuanto a la A.V.B. la felicitamos y vamos a
otro punto.
El
factor pitcher ha sido siempre objeto en nuestro ambiente de los mayores
inconvenientes y también, de algunas satisfacciones.
Los
fans capitalinos han visto desfilar por nuestros grounds auténticas “estrellas”
el pitcher plate. Han aplaudido maravillosas actuaciones y han sido testigos
también de desconcertantes e indefinidas y ridículas perfomances; pero sobre
todo, nuestro indulgente público ha tenido la satisfacción de ver alternar con
las “estrellas” extranjeras a nuestros pitchers, Inojosa, Carrasquel, Delgado,
Ibarra, etc., etc. por no nombrar los de otras buenas épocas del béisbol
grande.
Es
el caso que, tomando en cuenta el asunto finanzas, este año sería gravoso para
los organizadores importar dos “estrellas” nuevas, que sean superiores a
Cocaína, Silvino Ruiz, Dihigo, Yoyo Díaz, para utilizar una de ellas en el
“box” por lo cual llegamos al vértice del objetivo que siempre hemos deseado…el
Pitcher Venezolano, obligatorio en todos los clubs campeoniles.
Esta
disposición nos parece factible y de provechosos resultados para este año;
primero: porque si se importan pitchers de menos calibre (por el asuntos
finanzas) que los ya conocidos, sería preferible darle oportunidad a nuestros lanzadores,
beneficiándose así este elemento y de paso ofreciendo a los fans la pelota viva
al tener un pico más de chance nuestros bateadores para poner la bola en juego,
disminuyendo el número de estrocados y aumentando los averages de bate y las
jugadas en los sectores de la defensa.
Así,
pues, abogamos una vez más por el pitcher venezolano obligatorio en todos los
equipos.
Sólo
estos puntos trataremos hoy, en el deseo de que lleguen con la misma intención
con que los producimos, a quienes corresponda, especialmente al público en
general, que aportando la mayor comprensión, debe apersonarse de la difícil
labor de los nuevos directivos de la A.V.B. para lograr siquiera un Campeonato
regular, después del rotundo fracaso a donde fue “enrumbado” el béisbol profesional
el pasado año.
Y
por ahora basta…
Caracas:
10 de febrero de 1935.
Mr. Fly.
Nota: La A.V.B. es la
Asociación Venezolana de Béisbol.
(Publicado en el Periódico
“El Nuevo Diario”, el 11 de febrero de 1935).
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